Imputan cohecho y celebración indebida de contratos a Jaramillo | El Nuevo Siglo
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Jueves, 15 de Febrero de 2018
Redacción Nacional

Como presunto autor responsable de los delitos de interés indebido en la celebración de contratos y cohecho por dar u ofrecer, fue acusado por la Fiscalía el contratista Andrés Jaramillo.

Se le acusa de ser el beneficiario de dineros públicos del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) y Transmilenio, en la suma de $205.386’021.951. Además, de ser  favorecido directamente por el IDU y vía Laudo Arbitral, en cuantía de $34.188’943.201, más los 28.081’044.349, que no fueron amortizados por el cesionario, para un monto total de $269.000 millones.

“Acordó y obtuvo comisiones ilícitas, por la adjudicación, adición y cesión de los contratos públicos considerados como estratégicos, tras la alianza con funcionarios del IDU, y con contratistas particulares favorecidos, como los miembros del Grupo Nule y Andrés Jaramillo López”, sostuvo el fiscal al realizar la acusación.

Agregó el delegado acusador que la adjudicación de los contratos se hizo sin el visto bueno de la interventoría externa contratada por el IDU y lo previsto en el Manual de Interventoría de la misma entidad, para lo cual fue dada una comisión del seis por ciento del valor de la adición, a los funcionarios con la intermediación de concejales y otros servidores públicos.

Los contratos

En el contrato IDU No. 138 del 26 de diciembre de 2007, del Grupo cinco de la Fase III de Transmilenio, se hallaron irregularidades en la adjudicación, así como en el trámite y celebración de la adición No.1 de junio 25 de 2009, realizada a dicho contrato.

En el contrato IDU No. 137 de 2007 del Grupo cuatro de la Fase III de Transmilenio, hubo irregularidades en la formalización de la cesión del contrato. Implican la forma cómo llegó a ser cesionario la Promesa de Constitución de Sociedad Futura Vías de Bogotá SAS y las modificaciones introducidas por el IDU en su favor a través de los otrosíes que cambiaron el objeto del contrato.

“Permitió la apropiación injusta de dineros desde la no amortización del anticipo pendiente del anterior contratista cedente, el cambio de precios, la exclusión de obras, la inclusión para su pago de factores de contingencia, todo esto arrojó la obtención de valores adicionales injustificados en su favor dentro de la obra contratada”, sostuvo el delegado en este proceso penal.