Off the Récord | El Nuevo Siglo
Sábado, 18 de Febrero de 2017

Bajar a 16 años la edad mínima para poder ejercer el derecho al sufragio podría generar una desarticulación de toda la política para la infancia y adolescencia. Por ejemplo, un exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia indicaba ayer que si en Colombia se considera que una persona tiene a los 16 años la suficiente madurez y criterio como para elegir a sus gobernantes, de igual manera debería considerarse que a partir de esa edad puede ser procesado penalmente como una persona adulta, sin flexibilidad penitenciaria alguna. Sin embargo, hay tratados y convenciones de índole internacional suscritos por Colombia que plantean que hasta los 18 años los menores tienen una protección prevalente de sus derechos, según el jurista.

Desde 2011 está la propuesta

La propuesta del Gobierno no es nueva. A finales de 2011 el entonces ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, se mostraba de acuerdo con que así como en Colombia se atribuía la responsabilidad penal a quienes fueran  mayores de 16 años, también debería reconocérseles a estos jóvenes todos los derechos políticos propios de los adultos . Incluso se radicó, con apoyo del Gobierno, una iniciativa en ese sentido. “Me parece que podría avanzarse en esa materia toda vez que un joven a los 16 años hoy en Colombia, es plenamente consciente de sus deberes y de sus responsabilidades”, aseguró el entonces jefe de la cartera política.

No pasó en Estatuto de Juventud

Un senador de La U también opinó sobre este tema en una charla informal con varios periodistas. Recordó que en los siete años que lleva en el Congreso ha visto naufragar por lo menos en cinco ocasiones estas propuestas de rebajar la edad para el voto en Colombia. Recordó, por ejemplo, que esta idea era una de las principales del proyecto de ley sobre Estatuto de la Juventud -aprobado años atrás-, pero la propuesta no fue admitida por el Congreso, pese a que sus defensores trajeron a colación la cantidad de países en donde a partir de los 16 años se puede ejercer el derecho al sufragio, ya sea plenamente, es decir para elecciones generales como presidenciales y parlamentarias, o de manera restringida a comicios y decisiones de carácter local.

Referendo de paz y voto obligatorio

En cuanto al voto obligatorio, que también hace parte de las propuestas de reforma política que el Gobierno puso sobre el tapete esta semana, se recuerda que la última vez que se mencionó este tema fue a finales de 2014 cuando se planteó como una opción de cara al mecanismo de refrendación popular del acuerdo de paz con las Farc, que ya por entonces iba a medio camino en Cuba. El senador Roy Barreras lo venía impulsando e incluso se alcanzó a contemplar dentro del proyecto de reforma de “Equilibrio de poderes”, pero se hundió. Luego se contempló como posibilidad para impulsar la votación en el “referendo por la paz”, que consistió en una reforma que se aprobó para permitir que esta cita en las urnas se pudiera hacer el mismo día de una elección ordinaria. Se buscaba que el proceso refrendatorio  del acuerdo de paz se diera el mismo día de las elecciones regionales y locales, en octubre de 2015. Tampoco recibió el visto bueno del Parlamento.

Incluso para el plebiscito de paz

Y para terminar con el voto obligatorio, se recuerda  que también se alcanzó a mencionar a finales de 2015, cuando el Congreso aprobó el acto legislativo para citar a un plebiscito refrendatorio del acuerdo de paz con las Farc. Varios senadores insistieron en que debía colgársele al acto legislativo un artículo sobre la obligatoriedad del voto para esta decisión, pero el Gobierno  pidió eliminar dicha prerrogativa. “Al Gobierno no le gusta el voto obligatorio de ninguna manera y menos en un mecanismo de participación ciudadana”, dijo a comienzos de noviembre de 2015 el ya ministro del Interior, Juan Fernando Cristo.