Fiscal insiste en ajustes a proyecto que crea JEP | El Nuevo Siglo
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Sábado, 21 de Enero de 2017
Redacción Nacional

En los ajustes que solicitó al proyecto  que crea la Jurisdicción Especial de Paz insistió ayer el fiscal Néstor Humberto Martínez frente a varios aspectos del texto que presentó el Gobierno al Congreso y que según él podría llamar a equívocos, después de que esta reforma constitucional fuera aprobada esta semana en primer debate.

Incluso el Jefe del ente acusador  respondió a alias ‘Iván Márquez’, dirigente de las Farc, quien a raíz de la solicitud que hizo Martínez al Congreso para aclarar varios puntos del proyecto de acto legislativo que crea la JEP, consideró que “pretende entorpecer los avances logrados con el Gobierno para la jurisdicción especial para la paz”.

En ese sentido el fiscal Martínez dijo que “creo que las Farc y yo, como Fiscal General, estamos de acuerdo en que los reincidentes y quienes no forman parte de las Farc no pueden obtener ningún tipo de beneficios, ya que no se reincorporarán a la vida civil".

En una carta enviada al presidente de la Comisión Primera de la Cámara, Telésforo Pedraza, Martínez pidió del artículo 5 -una de las disposiciones medulares de la reforma- que sea redactado de una manera más rigurosa y técnica.

En concreto, el Fiscal General advierte que la norma no establece claramente que los beneficios penales de la JEP deben cobijar exclusivamente a los efectivamente desmovilizados de las Farc. Martínez Neira considera que tal como está redactado el artículo en el proyecto que estudia el Congreso estarán incluidos los disidentes de dichas organizaciones, quienes deben quedar sometidos a la jurisdicción ordinaria. También ocurrirá esta misma situación con los reincidentes.

Además según el Fiscal, el artículo no aclara cuál será el tratamiento de los delitos continuados cuyos efectos se extiendan más allá del 1º de diciembre de 2016, cuando entró en vigencia el acuerdo definitivo de paz con las Farc. “Es decir los delitos continuados en que eventualmente puedan incurrir las personas desmovilizadas, deben ser de conocimiento de la jurisdicción ordinaria cuando se extiendan más allá del 1º de diciembre de 2016”, dice la comunicación del Fiscal General.

Responde el Gobierno

El Gobierno respondió en un comunicado ayer las inquietudes que el Fiscal manifestó sobre el artículo 5º del proyecto.

“El Gobierno nacional se permite aclarar a la opinión pública que las llamadas disidencias de las Farc no podrán acceder a los tratamientos penales especiales previstos en el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (Sivjrnr), y en particular en la Jurisdicción Especial para la Paz, por varias razones”.

En este sentido, el Ejecutivo explica que el acuerdo firmado es claro que “en el caso de las Farc-EP la participación en el Sivjrnr estará sujeta a la dejación de armas”.

Añade el Gobierno que “claramente, quien no participe del proceso de dejación de armas en los términos establecidos en el Acuerdo Final, es decir, que hace entrega de sus armas a las Naciones Unidas en las Zonas Veredales Transitorias de Normalización, no podrá tener acceso a los tratamientos penales especiales previstos en el Sistema”.

De igual forma explica que el acuerdo es claro en que  para participar en el proceso de dejación de armas y tránsito a la legalidad se debe acreditar la pertenencia a la organización, de conformidad con el procedimiento establecido para la entrega de listados por parte de las Farc.

Al respecto el acuerdo señala que “la pertenencia al grupo rebelde será determinada, previa entrega de un listado por dicho grupo, conforme a lo que se establezca entre las partes para su verificación”.

Así mismo, el texto pactado en La Habana y suscrito en Bogotá en noviembre pasado por el presidente Santos y Rodrigo Londoño, dice que “tras la llegada a las Zonas Veredales Transitorias de Normalización  y a los Puntos Transitorios de Normalización, las Farc-EP a través de un delegado expresamente designado para ello, hará entrega al Gobierno nacional del listado de todos los y las integrantes de las Farc”.

En este sentido el Gobierno nacional indica en la respuesta al fiscal Martínez que “las llamadas disidencias de las Farc no cumplen ninguna de estas condiciones y por tanto no pueden acceder a los tratamientos penales especiales que establece el Sistema. Es decir, quien se salga del proceso de paz, perderá todos los beneficios y será investigado por la Jurisdicción Ordinaria”.

Finalmente, el Gobierno señala en el comunicado que “no sobra recordar que cualquier delito que cometan los miembros de las Farc después del 1º de diciembre de 2016, salvo los estrechamente ligados con el proceso de dejación de armas, no podrán ser objeto de ningún tratamiento penal especial. Por el contrario, les caerá todo el peso de la ley”.

Otras dudas del Fiscal

La  plenaria de la Cámara de Representantes tiene previsto estudiar la semana entrante en segundo debate el proyecto de reforma constitucional que crea la JEP, la cual se encargará de juzgar a los integrantes de las Farc que estén involucrados en graves delitos, así como a los agentes del Estado y terceros que participaron en el conflicto armado.

En ese sentido serán motivo de amplio debate las observaciones que hizo el fiscal Martínez al proyecto que crea la JEP, que no son solamente sobre el artículo 5, frente a las cuales como se señaló el Gobierno respondió que el texto no da lugar a equívocos, sino que son otras más.

Una de ellas, contenida en la carta que el Fiscal hizo llegar al representante Pedraza, solicita hacer claridad sobre la redacción del fuero presidencial. Subraya que la norma, como está escrita en el proyecto, establece que la JEP enviará a la Cámara de Representantes los hechos que conozca y que comprometan a una persona que haya ejercido la Presidencia. Sin embargo, para la Fiscalía es claro que el artículo 174 de la Constitución define que la Cámara de Representantes conoce de los hechos u omisiones ocurridos en el desempeño de las funciones presidenciales, de tal suerte que la Comisión de Investigación y Acusación carece de competencia para asumir el conocimiento de actos en que haya incurrido un Presidente fuera del cuatrienio en el que ejerció.

De igual manera en la carta el Fiscal General llama la atención sobre el texto que permitirá la prohibición de extradición para los guerrilleros disidentes. La propuesta enviada por el Gobierno al Congreso establece que no será posible conceder la extradición en relación con aquellas conductas que sean conocidas por la JEP. Tal beneficio, de acuerdo con el texto, será concedido a “todos los integrantes de las Farc-Ep”.

El Fiscal General pide que el artículo establezca expresamente que no serán extraditados los miembros de las Farc-Ep que hagan parte del Acuerdo Final y se hayan reincorporado a la vida civil. De lo contrario, dice la carta, se entendería que aun quienes no se hayan desmovilizado podrán gozar de este beneficio.

Asimismo, dice el Fiscal, los proyectos de acto legislativo no aclaran cuál es el tratamiento de los terceros que contribuyeron al conflicto, sin formar parte de las organizaciones. Esos desarrollos normativos, tal como están redactados, no fijan las competencias que tendrá la JEP y la justicia ordinaria y si la comparecencia de terceros a la jurisdicción de paz será o no obligatoria.

De otro lado, el Fiscal añade que, en armonía con la noción de justicia transicional, el proyecto de acto legislativo debe permitir un cierre de todas las investigaciones que se desarrollen contra las personas que se acojan a este sistema. Este punto no está previsto en la norma presentada al Congreso.

Finalmente, la misiva señala que la propuesta que estudiará el Congreso no desarrolla técnicamente el principio de inescindibilidad -la imposibilidad de fraccionar las investigaciones- ni fijan su verdadero alcance.